Las Especialidades de Enfermería, a día de hoy, son las que son y están en artículo 2 del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril.
También por el artículo 2 de dicho Real Decreto se podría iniciar el proceso de creación de otras nuevas especialidades o supresión o modificación de las actuales.
Sin embargo, desde esta tribuna, queremos abrir otras ventanas al respiro de la profesión enfermera más allá de los marcos establecidos por donde discurre el normal desarrollo de nuestra profesión.
Ir más allá no supone vulnerar el marco establecido, supone sencillamente intentar reconocer que la especialización de enfermería es más que las Especialidades. Se reconozcan o no dentro de un determinado catálogo.
Reconocer los valores enfermeros provistos de mayor y específico conocimiento,necesario para un rol más avanzado y para unas competencias concretas, es avanzar en el reconocimiento de la especialización por encima de las especialidades. No es estar en contra de las especialidades.
Hablar, escribir, de los cuidados de enfermería que contribuyen a la supervivencia del recién nacido prematuro, o de las terapias naturales en pediatría y del rol enfermero en la radiología intervencionista es hablar y escribir de áreas de especialización en enfermería que podrán no estar contempladas en los catálogos de especialidades enfermeras, pero que sí son ámbitos de la práctica profesional enfermera que requieren de una cualificación y formación diferenciada y avanzada.
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