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Autor: Romero-Nieva Lozano, J.
Gabinete de Estudios del Consejo General de Enfermería |
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Futuro de las especialidades de enfermería.
¿Y los cuidados paliativos?
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La enfermería en cuidados paliativos demanda el reconocimiento de su diferenciación tanto en razones de tipo asistencial como de índole social, institucional, profesional y política, basándose en el hecho diferencial de considerar a los individuos, familias y grupos, sujetos de los cuidados paliativos, en un entorno de estatus vital más que en un entorno de situación de enfermedad o patología tipo. |
El sentir generalizado de los enfermeros que habitualmente desarrollan su práctica clínica en la atención especializada queda aún lejos de los objetivos históricamente deseados porque, si bien el Real Decreto en sí mismo es un avance muy importante para el desarrollo global de la profesión enfermera, su catalogo de especialidades está determinado, en lo que se refiere al ámbito de la enfermería en atención especializada, muy genéricamente con el título de cuidados medico-quirúrgicos.
El catálogo de especialidades actualmente en vigor, según el artículo 2 del Real Decreto, parece que ha pretendido ser más una aportación al desarrollo de la enfermería de generalistas que realmente de especialistas. No hay razones para pensar que no todos los enfermeros puedan ser especialistas. Y esto cuando menos es discutible. La especialización necesita de una base generalista donde sustentar su base profesional. Partiendo de una base generalista es desde donde comprenderemos mejor nuestro desarrollo profesional organizado por los niveles mencionados: generalista y especialista. Niveles que no hemos de confundir con los actuales procesos de implantación de la carrera profesional, estos se articulan de otra manera y tiene distintos fines.
Continúa pues abierta una puerta para la demanda de otras especialidades. Esta es una realidad contrastada en la diversidad y multiplicidad de congresos de las Asociaciones y Sociedad Científicas de Enfermería, en los debates académicos, profesionales y laborales, cuando los hay, y en el sentir generalizado de los enfermeros.
La evolución de los cuidados paliativos a la par que la reordenación de las especialidades en enfermería en el año 1987, y en la actualidad mediante el Real Decreto 450/2005, nos invita a una reflexión sobre la necesidad de reconocer la cualificación profesional en grado de especialista a quienes ejercen tal actividad profesional enfermera.
La justificación para dicho reconocimiento se ampara tanto en razones de tipo asistencial como de índole social, institucional, profesional y política, si bien considero que de estas cuatro perspectivas la social se corresponde más con la demanda de los ciudadanos como usuarios del Sistema Nacional de Salud en calidad de pacientes o de entorno. De algún modo, en el caso de los cuidados paliativos, las otras tres perspectivas son dependientes de esta.
Respecto de los cuidados paliativos el ámbito no es ya sólo la atención especializada, sino también la entendida como atención primaria. Algo que a primera vista puede resultar más atractivo frente a otras áreas de capacitación específica y de reconocimiento como especialista y que sin embargo puede ser más generador de conflictos que de soluciones, sobre todo por la indefinición concreta de los límites entre diversas aspiraciones especialistas, y porque se han enunciado los títulos de las denominaciones de las especialidades pero no sus perfiles y competencias.
La diferenciación clínica de los cuidados paliativos del resto de prestaciones asistenciales, a mi entender, se basa en el hecho diferencial de considerar a los individuos, familias y grupos, sujetos de los cuidados paliativos, en un entorno de estatus vital más que en un entorno de situación de enfermedad o patología tipo.
El futuro más inmediato de la especialización en enfermería en consecuencia el Real Decreto de Especialidades no es tan diáfana como la profesión quisiera y requiere de un esfuerzo para avanzar.
Las expectativas o posibilidades para la apertura de un abanico suficiente del catálogo de especializaciónpor áreas asistenciales y de cuidados enfermeros pasan por el Real Decreto. Ahora bien, conviene tener presente que la Ley de ordenación de las profesiones sanitarias permite otros tipos de desarrollo profesional que reconocen la capacitación en ámbitos concretos de la práctica asistencial, llamémosle avanzada, por ejemplo, mediante los Diplomas de Acreditación y Acreditación Avanzada, (artículo 36 de la Lops).
La cuestión es concretar qué queremos realmente, si la especialización como titulación o el reconocimiento de la diferenciación en la diversidad de los cuidados. Y en consecuencia asumir las responsabilidades inherentes.
CÓMO CITAR ESTE ARTÍCULO:
Romero-Nieva Lozano J. Futuro de las especialidades de enfermería. ¿Y los cuidados paliativos? Revista Especialidades Enfermeras [en línea] 2005 noviembre - diciembre; 1(1).
En http://www.especialidadesenfermeras.com/revista/articulos/articulo3.htm [ISSN 1885-3285]. |